Colegio de Arquitectos de Río Negro

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RESPUESTA A LA NOTA DEL DIARIO RÍO NEGRO: “CIPOLLETTI: TORTORIELLO Y DI TELLA ENFRENTADOS POR EL HISTÓRICO DIENTE DE ORO”

Visto y considerando que la imagen de nuestra Institución se ve perjudicada por el artículo publicado en la edición del 4/7/2019 por el diario Río Negro, sentimos la necesidad de aclarar los conceptos allí vertidos.

br />Lejos de entrar en el conflicto entre el actual intendente y quien asumirá su cargo en diciembre, desde el Colegio de Arquitectos de Río Negro creemos importante destacar la relevancia que tiene el inmueble Diente de Oro para nuestra comunidad y hacer algunas aclaraciones sobre lo acordado a su respecto.

br />El Colegio de Arquitectos de Río Negro es un organismo de Ley fundado el 16 de julio de 1987. Nuestra Institución no es un privado, es una persona jurídica de derecho público no estatal (Artículo 22, Ley 2176). Entre nuestros objetivos, se encuentran:
* Controlar la actividad profesional en todas sus modalidades, velando por el cumplimiento de la Ley 2176, sus decretos y normas reglamentarias.

br />* Asesorar a los Poderes Públicos, a las reparticiones técnicas oficiales y privadas en asuntos inherentes a nuestra profesión, que no impliquen la sustitución del ejercicio profesional de los Colegiados por parte del Colegio.
* Velar por el cumplimiento de las normas para la regulación de Concursos de arquitectura y urbanismo.
* Intervenir en la defensa, valoración y catalogación del Patrimonio Histórico, arquitectónico, ambiental y cultural.

 

La Municipalidad tomó posesión del inmueble en el año 1994, pero, por distintas razones, nunca pudo registrarlo dominialmente a su nombre, ni darle una finalidad en provecho de la comunidad.

br />Desde el año 2016, la Municipalidad preveía la restauración del predio, lo cual fue sostenido con una ordenanza. Existieron dos llamados a licitación para la adjudicación, que fueron declarados desiertos, lo que habilita la contratación directa ante el peligro de ruina del edificio, descalificando la crítica de incumplimiento del procedimiento de iniciativa privada.

br />En marzo del corriente se firmó un acuerdo entre ambas partes para la utilización del lugar, en el que se dispuso que el Colegio de Arquitectos asumiera a su costo, llevar adelante una acción de prescripción adquisitiva del dominio del inmueble a favor de la Municipalidad.

 

La restauración de la fachada, así como la inmediata contratación de seguros ante la inminencia de derrumbe; a cambio de recibir el usufructo del inmueble por el plazo de 99 años, que posibilite la amortización de la importante inversión, además de comprometerse a destinarlo a su sede, contemplando en ella un espacio para actividades culturales de la comunidad.  

br />En mayo, la Arq. María Beatriz De Raffaelli, vicepresidenta del Colegio, y la Arq. Mariel Santarelli, protesorera, firmaron el precontrato por el usufructo. Para hacer efectiva esta medida debía ser aprobada por Asamblea del Colegio y luego en el Concejo Deliberante de Cipolletti.

 

Días atrás, celebramos una Asamblea General Extraordinaria de la Seccional, en la que se tomó la decisión, unánime, de aprobar el usufructo del predio Diente de Oro..

Les dejamos 10 puntos para clarificar esta cuestión:

  1. El inmueble nunca fue de la Municipalidad de Cipolletti.
  2. No hay certeza de que los que otorgaron un poder para donar sean herederos de los antiguos dueños, hoy fallecidos.
  3. La Municipalidad de Cipolletti hizo dos llamados a licitación para adjudicarlo y quedaron desiertos.
  4. El colegio no es un privado. Somos una institución creada por una ley provincial.
  5. Por ordenanza 31 del 2016 la Municipalidad ya había decidido restaurar el Diente de Oro.
  6. El Colegio se hace cargo de inscribir en el Registro de la Propiedad la propiedad a nombre de la Municipalidad.
  7. Vamos a preservar el inmueble
  8. Vamos a cumplir con la creación de un espacio cultural para la comunidad.
  9. Nos vamos a hacer cargo de contratar los seguros de un inmueble que hoy es peligroso.
  10. Nos vamos a hacer cargo del costo del mantenimiento de la fachada y del bien histórico.