Colegio de Arquitectos de Río Negro

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SEGUIMOS TRABAJANDO POR LA REGLAMENTACIÓN DE NUESTRA LEY

Hace 5 años, comenzamos a trabajar desde la Seccional 4 con un asesor letrado para analizar cómo se podría reglamentar la Ley 2176/86 debido a que hace 30 años que existe, pero no está reglamentada. 

Esta situación provoca que no estén claras determinadas cuestiones que, hoy en día, a 30 años de su creación, son claves.

La ley, en su artículo 22, crea una persona jurídica de derecho público no estatal: El Colegio. Como tal, tiene un único patrimonio. Sin embargo, en su artículo 41, establece que "serán atribuciones de las Comisiones Seccionales:...administrar los fondos a su disposición...".

Es decir, que tenemos un único patrimonio administrado por cuatro distintas “Comisiones Seccionales”.

Esta situación provoca que cualquier acto que una Comisión realice a ese respecto, afecta a todo el patrimonio del Colegio, ya que, reiteramos, el patrimonio es uno solo. Además, en algunos casos, se han creado Delegaciones, que también manejan fondos que son parte del patrimonio del Colegio.

No existe un criterio para crear una Delegación; ni de cómo se eligen y qué atribuciones y responsabilidades tienen sus delegados, etc.

Lamentablemente, en todos estos años no nos pudimos poner de acuerdo en la figura que posibilite que cada Comisión Seccional administre y comprometa únicamente sus recursos, sin comprometer los de las restantes.

Esperamos que 2019 sea el año en el que podamos hacerlo con el compromiso de las demás Seccionales del Colegio.